Cápsula Legal de la Dra. Mariela Molero 💊⚖
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Este video, presentado por Mariela Molero de Cápsula Legal, advierte sobre una práctica fraudulenta que está ocurriendo en Venezuela en 2026: la falsa novación de contratos de arrendamiento de viviendas familiares.
Puntos clave:
La trampa: Algunos arrendadores o abogados están presionando a los inquilinos para firmar "nuevos contratos" o "anexos", alegando cambios en la ley. El objetivo real es extinguir la relación contractual original y despojar al arrendatario de sus derechos adquiridos y protecciones legales (0:46-1:20).
Irretroactividad: Según el artículo 24 de la Constitución Nacional, las leyes no pueden aplicarse de forma retroactiva para perjudicar situaciones jurídicas consolidadas. La relación arrendaticia se rige por las normas vigentes al momento de la firma inicial (1:24-1:30, 6:18-6:46)...
📌 ¡CÁPSULA LEGAL: OJO ARRENDATARIO! 🚨
En las últimas semanas hemos detectado prácticas que atentan contra la ética y el ejercicio del derecho.
⚠️ ¿Te están presentando un nuevo contrato, anexo o actualización de arrendamiento?
¡Mucho cuidado! Se están utilizando estrategias para que arrendatarios antiguos caigan en trampas y renuncien a los derechos protegidos por la ley bajo la cual firmaron su contrato original.
🏛️ Recuerda:
Irretroactividad de la Ley (Art. 24 de la Constitución): Las nuevas leyes rigen hacia el futuro. Tu relación arrendaticia previa se mantiene bajo las reglas con las que firmaste.
Uso indebido de la "novación": Forzar nuevos contratos para desconocer la normativa previa puede constituir una práctica fraudulenta.
Recomendación: NO FIRMES nada sin antes buscar asesoría legal de confianza.
⚖️ En la Cápsula Legal defendemos el buen derecho. ¡Comparte este mensaje y ayúdanos a proteger a más personas! 👥✨
Sitio web: marielamolero.com
*Detalles relevantes en la selección de magistrados al TSJ*
*1* Muchos están enfocados en el Comité de Postulaciones Judiciales, pero pocos han notado que ese órgano *solo hará la primera preselección*.
La segunda, está a cargo del _Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano_ descrito en los _artículos 279 CN_ y _23 de la LOPCiudadano_.
Se aconseja lectura detenida de los últimos párrafos de estas normas, y su forma de resolver la falta de convocatoria del segundo comité.
*2* Los 25 integrantes del _Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano_ son designados enteramente por la actual Defensora del Pueblo, Fiscal General y Contralor General.
Matemáticamente, esto reduce la diversidad democrática por concentrar la escogencia en la orientación política de estos 3 cargos, algo que no ocurre cuando es la Asamblea Nacional (con más de 200 miembros) la que elige.
En otros términos, la segunda preselección puede filtrar la afinidad política de quienes terminen siendo magistrados.
*3* Si hubiera sido convocado el _Comité de Evaluación de Postulaciones_ del Poder Ciudadano, este hará una *segunda preselección* (_artículos 264 CN; 10.8 LOPC; y 38 LOTSJ_).
De no convocarse, se obviaría la segunda preselección con paso a decisión directa de la AN, en uso analógico del _artículo 279 CN_, dentro del lapso especial del _art. 74 LOTSJ_ (5 días).
*4* Curiosamente, el actual diseño normativo hace que la escogencia de jueces de instancia sea más exigente que la de magistrados al TSJ.
Los primeros deberían ser electos por concurso de oposición público (_art. 255 CN_), mientras los otros son seleccionados por concurso de credenciales a través de 3 filtros, en los que nadie les evalúa públicamente aptitudes doctrinarias ni destrezas jurisdiccionales.
Alexis Dávila
Prof. de Derecho Constitucional y DDHH
FACIJUP-ULA, Mérida.
La Cápsula Legal de la Dra. Mariela Molero del día de hoy 13/10/2026, es sobre: El falso uso de la novación. Parte 2.
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Promovemos una cultura de legalidad, porque solo la Venezuela que se prepara es, la Venezuela que se levanta!
Mariela Molero.
La Cápsula Legal de la Dra. Mariela Molero del día de hoy 12/10/2026, es sobre: El falso uso de la novación.
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📌 CÁPSULA SOLIDARIA | El conocimiento y el apoyo se multiplican cuando se comparten 🤝✨
En Cápsula Legal creemos firmemente que solidarizarnos y respaldar el talento y el esfuerzo de nuestro entorno fortalece el tejido social en Ciudad Bolívar y en toda Venezuela. 🇻🇪
Hoy abrimos este espacio para amplificar iniciativas de valor y destacar la trayectoria de profesionales comprometidos con la excelencia.
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Orientar, informar y solidarizarnos es tarea de todos. 💡
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Este video analiza la urgente reforma parcial propuesta para la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia en Venezuela, aprobada originalmente en 2017. La abogada Mariela Molero expone los puntos clave sobre este proceso legal:
Contexto de la Ley: La norma actual ha sido duramente criticada por su impacto en la libertad de expresión, permitiendo penas de prisión de 10 a 20 años (Art. 20), la revocación de concesiones de radio y televisión, y el bloqueo de plataformas digitales (3:39 - 4:25).
Posición Académica: La especialista sugiere que la ley debería ser anulada en lugar de reformada, debido a que ha sido utilizada para infundir miedo y perseguir a ciudadanos por su forma de pensar (2:06 - 2:46).
Reforma en Curso: El Ejecutivo solicitó una reforma urgente que está siendo estudiada por la Asamblea Nacional...
✍️*Toma nota*
*(Comentarios válidos para contratos de arrendamiento de viviendas celebrados inicialmente a partir del 07/08/2026).*
De acuerdo con la redacción del artículo 11 de la nueva Ley de Arrendamiento de Viviendas, llegada la fecha de vencimiento de un contrato de arrendamiento de vivienda a tiempo determinado (un año, por ejemplo), si el arrendatario continúa en la posesión pacífica del inmueble y el arrendador sigue percibiendo los cánones de arrendamiento sin haber notificado formalmente su voluntad de extinguir la relación (desahucio oportuno), opera, como es lógico, la tácita reconducción. En este supuesto, el contrato se renueva en idénticos términos y condiciones. Hasta aquí, todo igual.
*Lo nuevo:* de acuerdo con el texto del artículo 11, la renovación incluye el lapso de duración previamente pactado, lo cual impide que la relación contractual se transforme a tiempo indeterminado. Malo no es, por supuesto, para ninguna de las partes, pero el arrendador debe tomar precauciones si aspira recibir el inmueble a la fecha de la terminación del contrato.
*Recomendación:* Es muy importante la conducta que adopte el arrendador antes y al momento del término del contrato (debe enviarse por escrito el aviso previo de terminación o desocupación). También resulta importante la precisión técnica en la redacción de la cláusula de duración, plazos de preaviso y mecanismos de no prórroga.
*Enrique Herrera Silla*
Abogado especialista en temas inmobiliarios
Diplomado Internacional ANUV Negociación y Resolución de Conflictos
Corredor Inmobiliario Certificado CIMIRANDA N° 0014
Postgrado UCAB-PREANI Negociación Inmobiliaria
04143210703
Instagram y TikTok: @enriqueherrerasilla
Facebook.com/enriqueherrerasilla
YouTube: Enrique Herrera Silla
La Cápsula Legal de la Dra. Mariela Molero del día de hoy 06/10/2026, es sobre: justicia digital o delito? Parte 2.
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Mariela Molero.
